Docentes investigadores recibirán bono mensual de hasta S/4.000: requisitos y fecha de primer pago

Docentes investigadores recibirán bono mensual de hasta S/4.000: requisitos y fecha de primer pago

La bonificación especial para el docente investigador será entregado durante un plazo de 10 meses por el Gobierno peruano, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Ministerio de Educación (Minedu).

El Gobierno peruano, a través del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y el Ministerio de Educación (Minedu), dispuso el otorgamiento de la bonificación especial para el docente investigador, el sábado 24 de febrero. El incentivo busca promover que los profesores generen conocimiento en el ejercicio de su profesión.

Para acceder al incentivo, los docentes deberán cumplir ciertos requisitos que respalden la “generación de conocimiento e innovación a través de la investigación“, según se indica en el decreto supremo Nº 017-2024-EF. Asimismo, la calidad y el impacto de las investigaciones realizadas determinarán la entrega de esta bonificación.

Requisitos para la bonificación para docente investigador

Para que los docentes investigadores puedan acceder a la bonificación especial de este 2024, deberás cumplir con los siguientes requerimientos:

  • Estar registrado como docente ordinario en el Airhsp de la universidad pública respectiva al 31 de enero de 2024 y validado según su categoría en el cargo estructural.
  • No estar registrado como docente ordinario a tiempo completo en más de una universidad pública o en universidades privadas al 31 de enero de 2024, verificando la categoría, condición docente y régimen de dedicación en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (Airhsp) y Sistema de Recolección de Información para Educación Superio (Siries).
  • Los docentes con régimen de dedicación exclusiva no deben estar registrados como docentes ordinarios en otra universidad pública o privada al 31 de enero de 2024, validándose esto en el Airhsp y Siries.
  • Estar calificado en el Renacyt y clasificado en los niveles: Investigador Distinguido, Nivel I, Nivel II, Nivel III o Nivel IV y activo al 31 de enero de 2024.
  • Cumplir con la normativa interna de la universidad pública respecto a la Bonificación Especial para el Docente Investigador.
  • Haber participado en al menos un proyecto de ciencia, tecnología o innovación registrado por la universidad, o tener al menos una publicación científica o producción tecnológica en los últimos tres años, con filiación a la universidad correspondiente.
  • No haber recibido sanciones por actos contra la ética y la integridad científica según la normativa de la universidad o del Concytec.

¿Cuándo se entregará la primera bonificación para el docente investigador?

De acuerdo al decreto supremo Nº 017-2024-EF, el bono será entregado por un plazo de 10 meses que iniciará el mes de marzo hasta diciembre de 2024. Además, es preciso mencionar que los montos dependerán del tipo de docente ordinario.

Docente ordinario Bonificación especial para el docente investigador (S/)
Principal a Tiempo Completo / Principal a Dedicación Exclusiva S/4,034.91
Asociado a Tiempo Completo / Asociado a Dedicación Exclusiva S/2,585.25
Auxiliar a Tiempo Completo / Auxiliar a Dedicación Exclusiva S/2,341.50

¿Cómo se determinará a los docentes beneficiados?

Para que un docente investigador acceda a la bonificación especial, el proceso constará de las siguientes etapas:

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  • Verificación inicial por la Dipoda: La Dirección de Políticas y Desarrollo Académico (Dipoda) del Ministerio de Educación es responsable de verificar el cumplimiento de los criterios especificados para el otorgamiento del bono. Posteriormente, la Dirección remite un listado preliminar de beneficiarios a las universidades públicas.
  • Revisión por las universidades públicas: Las universidades públicas, específicamente el Vicerrectorado de Investigación o la autoridad competente, tienen un plazo máximo de cinco días hábiles tras recibir el listado preliminar para verificar el cumplimiento de los requisitos. La verificación se formaliza a través de un oficio firmado dirigido a la Dirección General de Educación Superior Universitaria (Digesu) del Ministerio de Educación. Si la universidad no emite un pronunciamiento dentro del plazo establecido, se asume que está de acuerdo con el listado preliminar.
  • Publicación y verificación final: Una vez que se publica el decreto supremo que autoriza la transferencia de partidas a las universidades públicas beneficiarias, la Dipoda envía el listado final de beneficiarios. Las universidades públicas deben entonces verificar el cumplimiento de las condiciones durante el período de financiamiento. También deben asegurarse de que no se presenten causales que podrían resultar en la pérdida de la Bonificación Especial.