Modifican Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 004-2023-MINEDU

VISTOS, el Expediente N° DITEN2022-INT-0311618, el Informe N° 01598-2022- MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N° 00002-2023-MINEDU/SPEOPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00004-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº 28044, señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, el artículo 70 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el encargo es la acción de personal que consiste en ocupar un cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure la ausencia de este, para desempeñar funciones de mayor responsabilidad; el mismo, que es de carácter temporal y excepcional, no genera derechos y no puede exceder el período del ejercicio fiscal;

Que, el numeral 176.2 del artículo 176 del Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, señala que el Ministerio de Educación establece los procedimientos para el proceso de encargatura; el cual debe contemplar, como requisito, haber aprobado la última evaluación de desempeño docente o en el cargo;

Que, el numeral 7.2 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 474-2022-MINEDU, establece que desde el mes de enero el equipo directivo gestiona las condiciones operativas para garantizar el servicio educativo;

Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 165-2022-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”; cuyo objetivo es regular el procedimiento, requisitos, responsabilidades y criterios de calificación de expedientes , para que los/las profesores/as nombrados/as ocupen de manera temporal y excepcional, , mediante el proceso de encargatura un cargo de mayor responsabilidad que se encuentre vacante, en las áreas de desempeño laboral en el marco de la Ley Nº 29944 y su Reglamento;

Que, con Oficio N° 01947-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 01598-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se propone y sustenta la necesidad de modificar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 165-2022-MINEDU, con la finalidad que los directivos que concluyen su periodo de ratificación como designados al 28 de febrero de 2023, puedan ser encargados en la misma plaza de manera excepcional, a fin de garantizar que las instituciones educativas, a través de sus equipos directivos, puedan realizar el trabajo de planificación de la institución y programa educativo, para garantizar el buen inicio y desarrollo del año escolar 2023, y esto beneficie a nuestros estudiantes;

Que, conforme se señala en el referido Informe, la propuesta de modificación de la referida Norma Técnica cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Educación Técnico – Productiva y Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión Descentralizada;

Que, mediante el Informe Nº 00002-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta de modificación de la referida Norma Técnica, en el marco de sus respectivas competencias; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación y no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación;

Que, con Informe Nº 00004-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, considera que la modificación de la citada Norma Técnica resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Incorporar el sub numeral 10.20 al numeral 10 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial N° 165-2022-MINEDU, conforme al siguiente tenor:

“10. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

10.20 Los directivos de instituciones educativas de Educación Básica y Técnico Productiva, que culminan su periodo de ratificación de designación al 28.02.2023 y deben retornar a una plaza de profesor, son encargados excepcionalmente en la misma plaza directiva a partir del 01 de marzo y como máximo hasta el 31 de diciembre del 2023, previo consentimiento, para lo cual no deben tener impedimento alguno para asumir el cargo, conforme a lo establecido en el numeral 7.5 de la presente norma, con la finalidad de asegurar que las actividades de planificación en las instituciones educativas garanticen el servicio educativo, el buen inicio y desarrollo del año escolar 2023, correspondiendo su implementación a la UGEL/DRE del ámbito de su jurisdicción.”

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA

Viceministro de Gestión Pedagógica

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