Gobierno AUMENTARÁ incentivos para potenciar el servicio educativo en zonas rurales. [DSN°164-2021-PCM]

Que, conforme lo establece el artículo 130 de la citada norma constitucional, dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente del Consejo de Ministros concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para exponer y debatir la política general
del gobierno y las principales medidas que requiere su gestión.

Que, el numeral 1 del artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Poder Ejecutivo tiene la competencia exclusiva de diseñar y supervisar las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio por todas las entidades
del Estado en todos los niveles de gobierno.

Conforme a la normativa el presidente Castillo enfatizo que aumentará SUELDO  a los docentes que laboren en zonas rurales y fronteras y así potenciar el servicio educativo en dichos lugares. «incentivos para potenciar el servicio educativo en zonas rurales y de frontera.» puntualizó.

Si te gusta el contenido, comparte en tus Redes Sociales

Síguenos en nuestro Fans Page:https://www.facebook.com/ElProfeVirtual2