Funciones del CONEI
El Consejo Educativo Institucional (CONEI) constituye el órgano de participación, concertación y vigilancia ciudadana de la institución educativa pública o del programa educativo público. Su finalidad es contribuir activamente a la gestión escolar, desarrollando sus funciones en el marco del respeto y la promoción de los principios rectores de la educación, tales como la equidad, la inclusión y la interculturalidad.
El periodo de vigencia del CONEI es de un (01) año, contado a partir de la fecha de emisión de la Resolución Directoral que formaliza su conformación. En caso de que dicho periodo concluya sin haberse elegido un nuevo consejo, sus integrantes continúan ejerciendo funciones de manera transitoria, garantizando así la continuidad institucional hasta la elección del nuevo CONEI.
Objetivos del CONEI
El CONEI tiene como propósito principal promover acciones de participación, concertación y vigilancia ciudadana dentro de la institución educativa. Asimismo, interviene en el desarrollo y fortalecimiento de las cuatro dimensiones de la gestión escolar: estratégica, pedagógica, comunitaria y administrativa.
Funciones del CONEI
De conformidad con lo establecido en la Resolución Ministerial N.° 168-2025-MINEDU, que aprueba las disposiciones para el funcionamiento del Consejo Educativo Institucional en las instituciones educativas y programas públicos de educación básica, el CONEI ejerce las siguientes funciones:
a) Participar en la formulación, ejecución y evaluación de los Instrumentos de Gestión (II.GG.) o del Documento de Gestión (DG), según corresponda, considerando el enfoque de atención a la diversidad.
b) Integrar y colaborar con los Comités de Gestión Escolar, contribuyendo al adecuado cumplimiento de sus funciones, especialmente en los procesos vinculados a la rendición de cuentas ante la comunidad educativa y la UGEL.
c) Promover la solución consensuada de los conflictos que se presenten en la institución educativa, priorizando mecanismos de diálogo frente a quejas o denuncias que no impliquen presunta comisión de delito o falta administrativa. Estas actuaciones deben registrarse en el Libro de Actas correspondiente.
d) Contribuir al cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por las partes involucradas en la resolución de conflictos dentro de la institución.
e) Supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en los Instrumentos de Gestión o en el Documento de Gestión, según corresponda, con el objetivo de garantizar un entorno propicio para los aprendizajes y la formación integral de los estudiantes.
f) Velar por el acceso oportuno, gratuito y sin condicionamientos a la matrícula, así como por la permanencia de los estudiantes, promoviendo la asistencia regular y la prevención del abandono escolar, con especial atención a aquellos que enfrentan barreras educativas, situaciones de riesgo o violencia escolar.
g) Supervisar la adecuada rendición de cuentas respecto al uso de los recursos financieros de la institución educativa, incluyendo recursos propios, aportes de la APAFA, transferencias del sector y donaciones, conforme a las responsabilidades de cada comité u órgano correspondiente.
h) Apoyar el seguimiento del cumplimiento de las semanas lectivas y de gestión establecidas para cada año escolar, de acuerdo con la normativa vigente, remitiendo las alertas pertinentes a las instancias competentes.
i) Informar a la autoridad correspondiente cuando se identifique alguna situación irregular que requiera su intervención.
j) Colaborar con instancias de representación en los ámbitos local, regional o nacional, según las necesidades y posibilidades de la institución educativa.
k) Desarrollar otras funciones necesarias para el cumplimiento de sus objetivos, en concordancia con lo dispuesto en la Ley General de Educación y su Reglamento.
