Esta es la Remuneración mensual para Docentes Contratados Jornada laboral de 30 y 40 horas y el CTS 2022.
El profesor contratado percibe una remuneración mensual de acuerdo a la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta servicios.
Remuneración mensual Docentes Contratados | ||
Jornada laboral | RM | CTS |
30 | 2,400.30 | 336.04 |
40 | 3,200.40 | 448.06 |
Otras disposiciones:
Las asignaciones temporales por tipo y ubicación de institución educativa no son base de cálculo para la CTS.
Para poder efectuar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios – CTS es necesario la resolución de reconocimiento y es de oficio.
La Compensación por Tiempo de Servicios – CTS para docentes y auxiliares de educación contratados se debe ingresar en el SUP con el haber 276.
Formula: RM x 14%
En el nivel de EBR primaria para el cargo 5021: Profesor_EF, con jornada laboral menor a 30 horas el cálculo de CTS debe ser proporcional a la jornada laboral de dicho nivel.
Para poder efectuar el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios – CTS es necesario la resolución de reconocimiento y es de oficio.
Es preciso señalar que las horas adicionales no son base de cálculo para Compensación por Tiempo de Servicios – CTS.
Compensación por Tiempo de Servicio – CTS auxiliares de educación contratados.
Modalidad/Forma/Cargo | Niveles/Ciclo | Jornada laboral | Monto |
Educación básica regular (EBR) |
Inicial |
30 |
2 400.30 |
Primaria |
30 |
2 400.30 |
|
Secundaria |
30 |
2 400.30 |
|
Educación básica especial (EBE) |
Inicial |
30 |
2 400.30 |
Primaria |
30 |
2 400.30 |
|
Educación básica alternativa (EBA) |
Inicial/intermedio |
30 |
2 400.30 |
Avanzado |
30 |
2 400.30 |
|
Educación técnico-productiva (ETP) |
Básico y medio |
30 |
2 400.30 |
Coordinadores de PRONOEI, ODEC y ONDEC |
|
40 |
3 200.40 |
Los profesores contratados que laboren menos de la jornada de trabajo establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, percibe una remuneración mensual de acuerdo a las horas de su contrato.
Bonificaciones por condiciones especiales del servicio
Adicionalmente a su remuneración mensual, el profesor contratado puede percibir hasta cinco bonificaciones mensuales por tipo y ubicación de la institución educativa en la que trabaja.
Para el otorgamiento de estas bonificaciones el Minedu publica anualmente a través de una resolución ministerial los padrones de instituciones educativas públicas, que autoriza el pago de estas asignaciones.
Tipo de IE | Monto S/ |
---|---|
Unidocente |
200 |
Multigrado |
140 |
Bilingüe |
50 |
Bilingüe acreditado (Profesor debe trabajar en IE bilingüe) |
100 |
Ubicación de IE | Monto S/ |
---|---|
Rural 1 |
500 |
Rural 2 |
100 |
Rural 3 |
70 |
Frontera |
100 |
VRAEM |
300 |
Descarga los padrones de institución educativa aquí
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Beneficios
- Subsidio por luto y sepelio
En el caso de fallecimiento del cónyuge o conviviente, padres o hijos el docente percibe el S/3000 por concepto de subsidio por luto y sepelio. En el caso del fallecimiento del docente, la familia directa: cónyuge, hijos, padres o hermanos, también perciben el subsidio. Este beneficio se otorga durante el periodo del contrato del docente -
- Compensación por tiempo de servicios (CTS)
El docente contratado percibe al terminar su contrato una compensación por tiempo de servicio equivalente al 14% de su remuneración mensual por año o fracción mayor a seis meses de servicios continuos.
- Compensación por tiempo de servicios (CTS)
- Vacaciones truncas
Al finalizar su contrato, el profesor contratado tiene derecho a percibir vacaciones truncas. El monto se calcula en proporción de un quinto de la remuneración mensual, la asignación y las bonificaciones que percibe, por cada mes laborado, hasta la fecha de culminación de su contrato.