Congreso destaca aprobación de dos leyes aprobadas por este poder del Estado, en el cual modifica los artículos 121 y 122 del código penal.

El Diario Oficial El Peruano publicó hoy en el Boletín de Normas Legales dos leyes aprobadas por el Congreso de la República, destacó este poder del Estado en su cuenta de Twitter. 

La primera es la Ley Nº 31333, la cual modifica los artículos 121 y 122 del código penal, con el fin de introducir circunstancias agravantes específicas en caso de que la víctima sea profesional, técnico o auxiliar asistencial de la salud.

Se precisa que quien causa a otro daño grave en el cuerpo o en la salud física o mental, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de ocho años.

La segunda ley es la Nº 31334, la cual establece que se concede el derecho a licencia a trabajadores en el día programado para su vacunación contra el covid-19. Se detalla que la licencia por vacunación es otorgada hasta por cuatro horas en el día programado para la vacunación, con goce de haber.

De existir una situación excepcional por la cual el centro de vacunación no se encuentre operando el día de la licencia, se podrá volver a solicitar la licencia conforme a lo establecido en el párrafo anterior.

Fuente :andina.pe

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