Aprueban Normativa Que Regulan El Registro De Redes Educativas De Gestión Escolar (REGES)

VISTOS, el Expediente Nº 0070153-2020, los informes contenidos en el referido expediente, el Informe Nº 01185-2020-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, el literal a) del artículo 80 de la referida Ley, establece que es función del Ministerio de Educación definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional, y establecer políticas específicas de equidad;

Que, el artículo 70 de la citada Ley, establece que las redes educativas son instancias de cooperación, intercambio y ayuda recíproca, que tienen por finalidad elevar la calidad profesional de los docentes y propiciar la formación de comunidades académicas; optimizar los recursos humanos y compartir equipos, infraestructura y material educativo; y coordinar intersectorialmente para mejorar la calidad de los servicios educativos en el ámbito local;

Que, el artículo 140 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, dispone que el Ministerio de Educación establece los lineamientos nacionales para la organización y funcionamiento de las redes educativas;

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 002-2020-MINEDU, se aprueba los “Lineamientos para la conformación y gestión escolar de las Instituciones Educativas que se organizan en Redes Educativas de Gestión Escolar”, en adelante los Lineamientos;

Que, el numeral 5.4 de los Lineamientos establece que las Redes Educativas de Gestión Escolar (RE) es la agrupación de instituciones educativas de la Educación Básica y de programas educativos a cargo del Sector Educación que, por sus características particulares, requieren fortalecer su gestión escolar a fin de brindar una atención pertinente y de calidad que responda a sus necesidades y demandas educativas;

Que, el numeral 5.10 de los Lineamientos establece que el Registro de Redes Educativas de Gestión Escolar (REGES) es el registro administrativo mediante el cual se registran las RE y los eventos registrables de las mismas. Asimismo, precisa que el Ministerio de Educación es el responsable de su administración y soporte informático que garanticen su sostenibilidad operativa, así como de emitir las disposiciones normativas necesarias para su funcionamiento;

Que, en ese marco, mediante Informe Nº 00018-2020-MINEDU/VMGI-DIGC, la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar, sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo que contenga las disposiciones que regulen el registro y actualización de información en el REGES, estableciendo los criterios, fases, actores y responsabilidades del proceso, en el marco de lo establecido en la Resolución Viceministerial Nº 002-2020-MINEDU;

Que, del referido Informe se advierte que la Dirección General de Educación Básica Regular, la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, la Dirección General de Gestión Descentralizada, la Oficina de Seguimiento y Evaluación Estratégica y la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación, en el marco de sus competencias, han emitido conformidad a la propuesta normativa antes mencionada;

Que, de acuerdo al literal a) del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 006-2020-MINEDU, se delega en el Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación, durante el año fiscal 2020, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que Regulan el Registro de Redes Educativas de Gestión Escolar (REGES)”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SANDRO PARODI SIFUENTES

Viceministro de Gestión Institucional

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