El Congreso de la República y el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) llegaron a un consenso con la reciente ley que permitiría la reprogramación de deudas con la reducción de tasas de interés y la condonación de una o varias cuotas de pago.

El Congreso de la República realizó este texto sustitutorio en consenso con la titular del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), María Antonieta Alva. Conoce aquí quienes serían beneficiados con esta norma que incluye un cambio en la reprogramación, condonación y congelamiento de deudas.

El Congreso de la República aprobó esta noche por amplía mayoría un proyecto de ley que facilitaría el pago de deudas a los clientes del sistema financiero golpeados por la pandemia de la COVID-19.

El proyecto de congelamiento y reprogramación de deudas con el sistema financiero fue consensuado durante toda la tarde del viernes con la Ministra de Economía, María Antonieta Alva y aprobado por mayoría en el pleno con 115 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención.

Con este documento la reprogramación de créditos tendría una garantía del Estado para aquellos clientes con calificación de riesgo normal o con problemas potenciales en estos casos:

  • Créditos de consumo
  • Créditos personales
  • Créditos hipotecarios
  • Créditos vehiculares
  • Créditos MYPES

Este aval estatal, que se entregará a través del programa de garantías COVID-19, tendría un monto de hasta S/5, 500 millones y cubrirá las deudas en la moneda de origen del préstamo.

¿Cómo se aplicaría?

El proyecto señala que la garantía aplica si las entidades financieras reducen el costo del crédito en entre 15% y 25% Para ello los bancos deben establecer una reducción de las tasas de interés y/o establecer la condonación de una o varias cuotas de pago.

Las entidades financieras también podrán establecer un congelamiento de las deudas por 90 días, independientemente del programa de garantías, para aquellos clientes que no hayan podido pagar por los últimos tres meses antes de la publicación de la ley.  

El plazo mínimo de crédito de reprogramación es de 6 meses para créditos de consumo, préstamo personal, vehicular y MYPE. Para crédito hipotecario el plazo mínimo es de 9 meses.

El plazo de las reprogramaciones no puede exceder de 36 meses incluido el periodo de gracia.

El límite de la garantía es de entre 40% y 80% de las deudas de mypes, préstamos vehiculares, consumo y personales. Mientras que para hipotecas se cubriría el 50% de la deuda pendiente.

¿Quiénes serán beneficiados?

El documento señala que a este programa de garantías podrán acceder las personas y mypes que cumplan estos requisitos:

– En el caso de créditos de consumo se aplicará a quienes tengan deudas no mayores a S/10,000.

– Para créditos hipotecarios el monto de la deuda debe ser no mayor a S/250,000 y solo si se trata de su primera vivienda.

– Las MYPES podrán acceder al programa si su crédito total es no mayor a S/20,000.

– En el caso de créditos vehiculares el monto de origen del crédito debe ser no mayor a S/50,000.

De acuerdo con el congresista José Luna Morales, el proyecto beneficiaría a 7.5 millones de familias en el Perú.

¿Quiénes serán excluidos?

Se excluye del programa a quienes hayan accedido a Reactiva Perú, FAE-MYPE, FAE-AGRO, FAE-TURISMO, al Programa Mivivienda u otros similares.

En el caso de las MYPES se excluye también a aquellas que tengan deudas tributarias pendientes con la Sunat, mayores a 1 UIT, equivalentes S/4,300.

Asimismo, se indica que las personas naturales y MYPES solo pueden acceder a uno de los beneficios, es decir, una personas no puede acceder a programa de garantías para un crédito hipotecario y para otro préstamo personal.

Tampoco podrán acceder quienes estén investigados por casos de corrupción, inhabilitados por el Tribunal de Contrataciones de Estado, o que tengan los siguientes cargos públicos.

DESCARGUE EL PROYECTO LEY PARA MAYOR INFORMACIÓN

 

Fuente : rpp.pe

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