Precisiones sobre el pago de CTS a Docentes Contratados y Nombrados
OFICIO MÚLTIPLE N.° 00049-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD
Señores y Señoras:
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACION
DIRECTORES DE UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL
DIRECTORES DE COLEGIOS MILITARES
Presente:
Asunto: Precisiones sobre la Compensación por Tiempo de Servicios que se otorga a los profesores nombrados y contratados
Referencias: a) Ley N° 31451
b) Ley N° 31552
c) Informe N».401-2026-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN
De mi consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, con la finalidad de comunicarles que la Dirección Técnico Normativa de Docentes, dependiente de esta Dirección General, viene recibiendo diversas consultas de los profesores nombrados y contratados, relacionado a la forma de cálculo de la Compensación por Tiempo de Servicios – CTS, regulados a través de las Leyes N° 314511 y N° 315522, en atención a ello, esta dirección en coordinación con la citada dirección, brinda las siguientes precisiones:
1. En el marco de las disposiciones establecidas en la Ley N° 31451 que modifica la Ley de Reforma Magisterial, desde el año 2022, el cálculo de la CTS a favor de los profesores comprendidos en la LRM, se efectúa en base al 100% de la Remuneración Integra Mensual -RIM.
2. Los profesores contratados en el marco de las disposiciones establecidas en la Ley N°31552, perciben la CTS en función al 100% de la Remuneración Mensual percibida al momento de finalizar el vínculo laboral por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios trabajados.
3. Desde el Ministerio de Educación se viene implementando y cumpliendo con las disposiciones establecidas en las Leyes N° 31451 y N° 31552, en atención a la información que sus despachos remiten; asimismo, se les precisa que el Ministerio de Educación no está gestionando iniciativa legislativa alguna que pretenda modificar o derogar las referidas Leyes.
Considerando lo antes señalado, y estando que sus despachos son responsables del servicio educativo en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales, se les solicita se sirvan adoptar las acciones pertinentes en el marco de sus competencias a fin difundir y hacer de conocimiento lo comunicado líneas arriba a los profesores nombrados y contratados en el marco de la LRM.
Sin otro en particular, hago propicia la oportunidad para expresarles los sentimientos de mi especial consideración.
