Gratificación en diciembre 2024: cuándo pagan y cuál es el monto según el anuncio de la presidenta? [Aquí mayor información]

Los empleadores tienen un plazo establecido para depositar la gratificación correspondiente al mes de diciembre; de lo contrario, podrían recibir sanciones económicas.

El mes de diciembre es una de las épocas más esperadas por los trabajadores del sector público y privado del país, ya que recibirán sus gratificaciones y aguinaldo por las fiestas de fin de año (Navidad y Año Nuevo). Este beneficio económico, regulado por la Ley N° 27735, es un derecho otorgado por el empleador y se calcula en función al sueldo del trabajador, lo que permite a los peruanos cubrir ciertos gastos imprevistos o realizar compras durante las mencionadas celebraciones. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

¿CUÁNDO PAGAN LA GRATIFICACIÓN DE DICIEMBRE 2024?

El pago de la gratificación a los trabajadores del país se debe realizar dentro de los primeros 15 días del mes, es decir, el segundo pago de gratificación que deben efectuar las empresas tiene como fecha límite hasta el 15 de diciembre. En todo caso, si no cumplen con este plazo, las empresas se exponen a sanciones económicas.

MENSAJE DE LA PRESIDENTA.

“Para que por lo menos esta Navidad pasen bien nuestras hermanas y hermanos, vamos a dar un aguinaldo mayor a los 300 soles que se daba toda la vida; 500 soles vamos a dar de aguinaldo a la población peruana, a los que están dentro de las planillas y reciben su aguinaldo en cada Navidad”, reveló en el dominical Punto Final. Señaló que el tema fue coordinado con el ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras. Cabe recordar que el 6 de diciembre pasado se publicó el Decreto Supremo Nº 283-2022-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas, que disponía un aguinaldo de S/ 300 por navidad para los trabajadores del sector público, a ser abonado por única vez en diciembre.

Esta bonificación se pagará a los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512. Se pagará también a los docentes universitarios a los que se refiere la Ley Nº 30220, al personal de la salud al que se refiere el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1153, a los obreros permanentes y eventuales del sector público y al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.

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