Aprueban Cronograma de Capacitaciones para docentes 2024
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 069-2024-MINEDU
Lima, 16 de febrero de 2024
VISTOS, los documentos que contiene el Expediente N° UMC2024-INT-0115472; y,
CONSIDERANDO:
Que, el segundo párrafo de la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a financiar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2024, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento;
Que, asimismo, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-EF;
Que, a través del Oficio N° 00028-2024-MINEDU/SPE-UMC y el Informe N° 00099-2024-MINEDU/SPE-UMC, la Oficina de Medición de la Calidad de los Aprendizajes (UMC) de la Secretaría de Planificación Estratégica del Ministerio de Educación, sustenta la necesidad de realización del evento “Establecimiento de puntos de corte de la Evaluación Nacional de Logros de Aprendizaje 2023 (ENLA 2023) en Lectura en Castellano como segunda lengua en estudiantes de 4° grado de primaria de Educación Intercultural Bilingüe”, en la sede de Lima, a ser organizado y ejecutado durante el año 2024 por el Ministerio de Educación; por lo que remite a la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, según su ámbito de competencia, el detalle del mismo, así como la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953;
Que, mediante el Informe N° 00209-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión técnica favorable respecto de lo sustentado y solicitado por la UMC, manifestando que el evento citado en el considerando precedente, se encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación y su aprobación e implementación, se financiará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 010: M. de Educación del Año Fiscal 2024, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, concluyendo que resulta necesario aprobar el detalle del evento, así como la condición y cantidad de sus participantes, respecto de los cuales se requiere el financiamiento de pasajes y viáticos con cargo a los recursos del Presupuesto Institucional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en la Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; y el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Cuadro que contiene el detalle de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación a ser organizados y ejecutados por el Sector Educación durante el Año Fiscal 2024, así como la condición y cantidad de sus participantes, cuyos pasajes y viáticos serán financiados con cargo a los recursos del Pliego 010: M. de Educación, y que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- El financiamiento de los viáticos que se otorguen a los participantes de los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación autorizados en virtud del artículo precedente, se sujeta a los montos aprobados para los viáticos por viajes a nivel nacional en comisiones de servicios, mediante el Decreto Supremo N° 007-2013-EF.
La rendición de cuentas por los montos recibidos por concepto de los viáticos se efectúa de manera oportuna, veraz y trasparente y se sujeta a la normativa vigente en el Ministerio de Educación, en lo que resulte aplicable, siendo la misma de responsabilidad del personal del Ministerio encargado de organizar los eventos y actividades de forma solidaria con el/la directora(a) o jefe(a) que autoriza la solicitud de los viáticos correspondientes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
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