Tipos de Reasignación Docente – Postulantes y requisitos para el proceso

REASIGNACIÓN POR RAZONES DE SALUD

POSTULANTES

Pueden solicitar la reasignación por salud, los profesores que acrediten alguna de las siguientes condiciones:

  1. a)Estar afectado por alguna enfermedad que le impida prestar servicio en forma permanente en la institución educativa donde se encuentra nombrado o designado, y requiere atención médica especializada en un lugar distinto del que se encuentra ubicada la institución educativa donde es titular de la plaza; o,
  2. b)Haber hecho uso de doce (12) meses de licencia por incapacidad temporal para el trabajo y, no obstante, requiere necesariamente tratamiento especializado en un lugar distinto del que se encuentra ubicada la institución educativa donde es titular de la plaza.

 

REQUISITOS

El postulante debe cumplir con presentar la siguiente documentación:

  1. a)Informe escalafonario actualizado para reasignación, expedido por la DRE/UGEL de origen, cuya antigüedad no será mayor a sesenta (60) días calendarios, a la fecha de ingreso del expediente para reasignación.
  2. b)Informe médico emitido por el Centro Asistencial del Ministerio de Salud o por el Seguro Social de Salud (EsSalud), indicando el diagnóstico del estado de salud y la recomendación de su tratamiento, adjuntando las pruebas auxiliares que acrediten el padecimiento de la enfermedad y algunas de las condiciones señaladas en el numeral 7.1.1 del presente documento normativo. La presentación del informe médico y las pruebas auxiliares deben tener fecha de emisión no mayor a seis meses a la fecha de ingreso de la solicitud a la IGED.

 

REASIGNACIÓN POR SITUACIÓN DE EMERGENCIA

POSTULANTES

Pueden solicitar la reasignación por situación de emergencia los profesores que acrediten alguna de las siguientes condiciones:

  1. a)Labora en institución educativa ubicada en zona declarada en emergencia, o sus familiares directos (cónyuge, conviviente reconocido judicialmente o notarialmente, hijos o padres) que viven en dichas zonas, son amenazados en forma constante por razones de terrorismo o narcotráfico.
  2. b)Se encuentra incorporado en el Programa de Unidad de Víctimas y Testigos – UDAVIT.
  3. c)Es amenazado en su integridad física a consecuencia de haber denunciado ante el Ministerio Público o ser testigo de un presunto hecho delictivo que atenta contra la integridad física, psicológica o sexual de los miembros de la comunidad educativa.
  4. d)Es amenazado en su integridad física a consecuencia de haber denunciado ante el Ministerio Público o ser testigo de un presunto hecho delictivo cometido contra los bienes muebles o inmuebles de la instancia donde labora.
  5. e)Es amenazado en su integridad física a consecuencia de haber denunciado ante el Ministerio Público o ser testigo de actos de corrupción en su propia entidad o comunidad educativa.
  6. f)Es víctima de violencia, como consecuencia, de atentados contra su integridad física, psicológica o sexual, de acuerdo a lo señalado en la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

 

REQUISITOS

El postulante debe cumplir con presentar la siguiente documentación:

  1. a)Para los literales c), d) y e) del numeral 7.2.1 se requiere la disposición fiscal de inicio de investigación preliminar o documento similar, emitido por representante del Ministerio Público, y la resolución de otorgamiento de garantías personales de la subprefectura o entidad competente de la jurisdicción a la que pertenezca la institución educativa donde labora.
  2. b)Para el literal a) del numeral 7.2.1 se requiere norma emitida por el Poder Ejecutivo que declara en emergencia el lugar de origen donde labora el profesor, adjuntando el informe documentado de la máxima autoridad política, policial o militar de la zona donde presta servicios que sustente las condiciones a la que se refiere el artículo 160 del Reglamento.
  3. c)Para el literal f) del numeral 7.2.1 se requiere la disposición fiscal de inicio de investigación preliminar o documento similar, emitido por representante del Ministerio Público, y la resolución de otorgamiento de medidas de protección emitido por el Juzgado de Familia.

 

REASIGNACIÓN POR INTERÉS PERSONAL Y UNIDAD FAMILIAR

POSTULANTES

Los profesores a petición de parte, pueden presentar su solicitud en una o más DRE o UGEL de destino, según corresponda; se realiza previa calificación de los criterios que establece el presente documento normativo, y en estricto orden de méritos.

El postulante debe señalar la causal y etapa a la que está solicitando participar.

La adjudicación por reasignación solo procede en una plaza vacante.

 

REQUISITOS

  1. a)El profesor debe acreditar tres (3) años de nombrado como mínimo; y acreditar dos (2) años de servicios oficiales efectivos continuos o acumulativos en la última plaza de la cual es titular como nombrado o designado al momento de su postulación.
  2. b)Haber aprobado la última evaluación de desempeño docente.
  3. c)Adjuntar informe escalafonario para reasignación, con una antigüedad no mayor a sesenta (60) días calendarios, a la fecha de ingreso del expediente para reasignación.
  4. d)Adicionalmente, para la reasignación por unidad familiar se debe presentar:

 Documento que acrediten las relaciones de parentesco: acta de matrimonio en el caso del cónyuge; resolución judicial en caso de concubinato o escritura pública de reconocimiento de unión de hecho; declaración jurada donde se consigne el número de DNI de los hijos menores de edad o copia simple de dicho DNI. Para el caso de los hijos mayores de edad con discapacidad y padres mayores de 60 años edad o con discapacidad, en ambos casos declaración jurada donde se consigne el número de DNI de los hijos y padres o copia simple del acta de nacimiento. Adicionalmente, copia simple del certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS públicas, privadas y mixtas a nivel nacional, o por las Brigadas Itinerantes Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud; o en su defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).

 Declaración Jurada suscrita por el familiar directo que reside en la jurisdicción de la entidad de destino en donde solicitará la reasignación. En caso, se acredite el vínculo con menores de edad, o mayores de edad con discapacidad la Declaración Jurada domiciliaria deberá estar suscrita por su representante legal.

 Declaración jurada del postulante de la residencia en el lugar de destino.

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