MINEDU Lanza Orientaciones para el proceso de Reasignación Docente para el año 2020 | O.M.068-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN.

Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres”
“Año de la Universalización de la Salud”

Lima, 20 de Agosto de 2020
OFICIO MÚLTIPLE 00068-2020-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN

Señores(as) y Directores(as)
DIRECTORES REGIONALES DE EDUCACIÓN
GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN
DIRECTORES DE UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL

Presente.-
ASUNTO : Orientaciones para el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar, para el año 2020
REFERENCIAS: R.VM. N°0245-2019-MINEDU

De mi mayor consideración:
Tengo el agrado de dirigirme a ustedes, con la finalidad de hacer de su conocimiento que, en el marco de la norma citada en la referencia, se ha regulado que el proceso de reasignación docente por las causales de Interés Personal y Unidad Familiar, las mismas que se llevarán a cabo entre los meses de setiembre a noviembre de cada año.

Considerando, que en el contexto del actual estado de emergencia sanitaria nacional, el Gobierno ha establecido medidas de protección y seguridad para la población, entre ellas la suspensión de todo tipo de reunión que implique la concentración o aglomeración de personas que pongan en riesgo la salud pública; se les comunica que no es posible que el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar se realice de manera presencial, por tanto, dicho proceso deberá realizarse a través de medios virtuales y/o no presenciales.

En ese marco, en virtud de las medidas dispuestas por el Estado, y con la finalidad de realizar la implementación de la citada norma, teniendo en cuenta el actual estado sanitario que afecta la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, se precisa lo siguiente:

a. La DRE/GRE/UGEL debe asegurar la tramitación de las solicitudes de reasignación a través de medios virtuales y/o no presenciales en sus distintas etapas y fases, según corresponda, conforme con lo establecido en el artículo 30.1 del Texto Único Ordenado de la Ley N°274443, Ley de Procedimiento Administrativo General (en adelante TUO de la Ley N°27444).
b. Asimismo, deben generar las condiciones de trabajo remoto del personal a su cargo, y de la misma manera activar un medio virtual para brindar la atención oportuna al usuario.
c. La DRE/GRE/UGEL deberá remitir la resolución de conformación del comité de reasignación docente 2020, al siguiente correo: trayectoriaditen_03@minedu.gob.pe, hasta el 04.09.2020.
d. La excepcionalidad para llevar a cabo el proceso de reasignación docente a través de medios virtuales y/o no presenciales, no exime de la aplicación del control posterior contemplado en el numeral 1.16 del artículo IV del TUO de la Ley N°27444.

En ese sentido, con la finalidad de garantizar que el proceso de reasignación docente por las causales de interés personal y unidad familiar en sus distintas etapas y fases, se realice de manera transparente y participativa, se adjunta al presente como ANEXO, las “Orientaciones para el proceso de reasignación docente por las causales de Interés Personal y Unidad Familiar, para el año 2020, regulada mediante Resolución Viceministerial N°245-2019-MINEDU”, las mismas que deberán ser tomadas en cuenta por las DRE o la que haga sus veces y UGEL.

Sin otro en particular, hago propicia la oportunidad para expresarle los sentimientos de mi especial consideración.

Atentamente
CARLOS NINO SILVA FLORES


DOCUMENTO NORMATIVO AQUÍ.

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