DOCENTES PODRAN SESAFILIARSE Y RETIRAR SUS APORTES DE LA DERRAMA MAGISTERIAL.

Ministro Serna: “Los maestros son los verdaderos dueños de la Derrama Magisterial”

Decreto supremo incluye a los auxiliares de Educación nombrados como eventuales socios de la entidad, así como la afiliación voluntaria de los profesores y los mencionados servidores a la DM.

Una serie de modificaciones al Estatuto de la Derrama Magisterial (DM), entre estas la inclusión de los auxiliares de Educación nombrados como eventuales socios, así como la afiliación voluntaria de los maestros y los mencionados servidores a la institución, aprobó el Ministerio de Educación (Minedu).

Mediante el Decreto Supremo Nº 009-2022-Minedu, el portafolio publicó los cambios en los artículos 2, 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 21, 22, 34 y 51 del citado documento, que se aprobó por Decreto Supremo Nº 021-88-ED.

Así, señala que la Derrama Magisterial del sector Educación es una persona jurídica de derecho privado con autonomía administrativa y económico-financiera. “Su domicilio institucional está fijado en la ciudad de Lima y su acción de servicio es a escala nacional, con oficinas descentralizadas en cada departamento”, aclara.

La DM incluirá a todos los docentes y auxiliares de educación nombrados de las instituciones educativas de educación básica, técnico-productiva e institutos superiores del sistema educativo, sin distinción de niveles, clases, ni categorías, anota. Este nombramiento, enfatiza, no determinará el ingreso automático a la Derrama Magisterial, la cual será solo a solicitud expresa del interesado.

La norma precisa que los asociados tendrán derecho a gozar de los beneficios y servicios que establece el estatuto; así como a elegir y ser elegido miembro del consejo directivo, consejo de vigilancia o responsable de las oficinas descentralizadas de la DM, mediante elecciones universales, libres, voluntarias, directas y secretas de los asociados.

Además, podrán optar por la libre desafiliación en las condiciones que establezca el consejo directivo. En este caso, obtendrán la devolución de la totalidad de sus aportes, así como la rentabilidad obtenida en su cuenta individual hasta la fecha en que se concreta esta decisión.

Los asociados también estarán facultados para conocer y expresar su opinión sobre la gestión institucional de la Derrama Magisterial; así como renovar cuantas veces sea necesario la carta de declaratoria de beneficiarios, detalla la norma. 

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