Gobierno reafirma su compromiso del pago de escolaridad de s/.400 a todos los docentes contratados a partir de este mes de febrero.

Estimados visitantes y público en general hoy les compartimos esta información a los beneficios de escolaridad que gobierno hizo extensivo a los docentes contratados .en ese sentido el Gobierno reafirma su compromiso del pago de escolaridad de s/.400 a todos los docentes contratados a partir de este mes de febrero. 

Compartimos el decreto supremo sobre la bonificación de escolaridad para docentes contratados 2021. Mencionamos que esta pagina de Planificación Curricular se dedica a la elaboración y recopilación de información sobre recursos de materiales educativos adicional a eso mencionarles que esta pagina se encarga de compartir imágenes, vídeos, enlaces e información confiable. Tratamos en lo posible de publicar solo material eficiente que ayude al desarrollo del alumno, maestro y publico en general. Mencionarles que los materiales pertenecen a sus respectivo autores, Créditos en los archivos correspondientes.

“Artículo 2. Derechos y beneficios
2.1. El profesorado contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente, perciben los siguientes conceptos:
a) Una remuneración mensual, equivalente a lo que percibe un profesor nombrado en la primera escala magisterial.
b) Bonificaciones por condiciones especiales de servicio: De acuerdo a la ubicación de la institución educativa: ámbito rural y zona de frontera,  De acuerdo a la característica de la institución educativa: unidocente, multigrado o bilingüe.
c) Asignación especial por prestar servicios en instituciones educativas en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro (VRAEM).
d) Aguinaldo por Fiestas Patrias y Navidad.
e) Vacaciones truncas.
f) Subsidio por luto y sepelio. Se otorga al profesor contratado que se encuentre prestando servicio efectivo al fallecimiento de su cónyuge o conviviente, reconocido judicialmente, padres o hijos. Corresponde también su otorgamiento al cónyuge o conviviente, reconocido legalmente, hijos, padres o hermanos, en ese orden de prelación y en forma excluyente, al fallecimiento del profesor contratado que se encuentre prestando servicio efectivo.
g) Bonificación por escolaridad.
h) Compensación por tiempo de servicios al finalizar el año fiscal a razón del 14% de la remuneración mensual vigente al momento de la culminación de su contrato, por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios continuos.

DESCARGUE LA NORMATIVA PARA MAYOR INFORMACIÓN

 

Si te gusta el contenido, comparte en tus Redes Sociales

Síguenos en nuestro Fans Page:https://www.facebook.com/ElProfeVirtual2